Octavio Salazar Benítez, Autonomía, género y diversidad. Itinerarios feministas para una democracia intercultural, Editorial Tirant lo Blanch, Valencia, 2017.
doi: http://dx.doi.org/10.18543/ed-65(1)-2017pp421-424
Caminar. Esa es la única forma de plantearse siquiera la utopía. Caminar sin parar, aunque nos duela, nos detengan o nos perdamos. Siempre caminar. Dejar de hacerlo es una derrota que no nos podemos permitir. Por eso, cuando el sendero esté repleto de obstáculos, como efectivamente lo está, caminar juntas.
Esta podría ser, sin lugar a dudas, la tarea que emprendió hace años Octavio Salazar Benítez, ahora Catedrático acreditado de Derecho Constitucional en la Universidad de Córdoba. Hizo camino con, entre otras, Las cuotas electorales femeninas (Ed. Universidad de Córdoba, 2001), Las horas. El tiempo de las mujeres (Ed. Tirant, 2006), Cartografías de la igualdad (Ed. Tirant, 2010), Masculinidades y ciudadanía (Ed. Dykinson, 2013) y La igualdad en rodaje (Ed. Tirant, 2015). Hizo y sigue haciendo camino. Ahora nos propone una serie de itinerarios para construir una Ítaca común: la de la democracia intercultural. Pero a diferencia del canto homérico, esta odisea no puede ser guiada más que por una conciencia feminista.
En este itinerario nos abordarán tempestades etnocéntricas, monstruos patriarcales y sabotajes neoliberales. Nadie dijo que fuera fácil, pero tampoco nadie dijo que fuera imposible. Por eso el libro parte, en su primer capítulo (El género de la ciudadanía), desde la necesidad de repensar las estructuras jurídico-políticas, y, por tanto, repensarnos, desde los feminismos. Sin esta sólida base con la que el profesor Salazar Benítez zarpa, ningún puerto podrá ver llegar nuestro barco. Además, para poder navegar necesitamos autonomía. Por eso, en el segundo capítulo (La prohibición del velo integral: una cuestión de género) se estudia la cuestión del uso del velo desde una perspectiva de género. Resuelta esta problemática, como ocurre en el tercer capítulo (Construyendo diálogos emancipadores), será posible una democracia intercultural. Por tanto, autonomía, género y diversidad. Estos son los ejes de nuestro viaje.
El libro comienza planteando una triple violencia: neoliberal, patriarcal y etnocéntrica. Tres formas de dominación que provocan «un incremento de la vulnerabilidad de los más débiles y, en especial, prorroga la subordiscriminación de las mujeres» (p. 15). Y se produce, además, en un momento de crisis donde las conquistas que se creían irreversibles están siendo aniquiladas. Por eso es preciso «superar las viejas y caducas “narrativas” así como someter a un proceso de deconstrucción y posterior reconstrucción muchos de los paradigmas sobre los que sostuvimos los Estados sociales y democráticos de Derecho» (p. 17). Estas viejas y caducas narrativas son aquellas asentadas sobre «bases culturalmente homogéneas y patriarcales» (p. 19).
¿Cómo realizar este proceso de deconstrucción y reconstrucción de los marcos jurídico-políticos? A partir de la fuerza transformadora de los feminismos: reconceptualizar desde una perspectiva de género (p. 24). De ahí que, incluso, la categoría sujeto, producida en la Modernidad, deba ser desvelada y sacada a la luz la razón patriarcal y etnocéntrica que la constituye: mostrar cómo se construyen las dicotomías público/privado o naturaleza/cultura, así como la heterosexualidad como régimen político. Porque no hay que olvidar cómo el Derecho ha dado cobertura a estas violencias: negando la ciudadanía a las mujeres, estableciendo su condición de tuteladas o protegiendo penalmente su honra (pp. 37-38). Repensar, por tanto, el sujeto es hacerlo desde estas exclusiones e imposiciones para poder ejercer plenamente la ciudadanía: porque el contrato social, aquel que nos marca en roles, espacios y tiempos, ha sido firmado previo paso por un contrato sexual, reproductor de esquemas patriarcales (p. 57).
Si múltiples son las violencias, también han de ser las respuestas. Por eso una perspectiva interseccional es esencial. Como señala Octavio Salazar Benítez, «el ejemplo más evidente de mujeres que son víctimas de la discriminación interseccional, y con ella de la prórroga cruel de los dictados del patriarcado, lo constituyen las migrantes» (p. 63). Aquí radica el reto democrático de un ordenamiento jurídico: en qué medida garantiza la vida y la vida vivible de las mujeres migrantes. Porque es paradójico que en una sociedad, como la nuestra, que ha avanzado en la igualdad de género, refuerce, al mismo tiempo, las violencias (patriarcal, etnocéntrica, neoliberal) que sufren las mujeres migrantes, haciendo complicado llegar a la democracia intercultural (p. 71).
En este sentido, el segundo capítulo está dedicado a analizar el velo integral por parte de mujeres musulmanas. A diferencia de lo que ha realizado el Tribunal Supremo español, centrado en la cuestión de la libertad religiosa, el profesor Salazar Benítez apuesta por la perspectiva de género como elemento de ponderación a la hora de valorar el uso de esta prenda. Así, el Tribunal Supremo ha entendido que solo es posible la prohibición del uso del velo si afecta a la seguridad o a la moralidad pública; en el resto de caso su prohibición provocaría una vulneración de la libertad religiosa (p. 85). Frente a esta posición jurisprudencial, Octavio Salazar Benítez entiende que el alto tribunal ha obviado el conflicto de dicha vestimenta con los principios constitucionales y ha presupuesto que en el contexto en el que estas mujeres llevan el velo existen condiciones materiales para que sea voluntario (p. 88). De esta forma, se refuerza el espacio que el patriarcado reserva para las mujeres que no es otro que la periferia, afectando a su dignidad y libre desarrollo de la personalidad (p. 90). Es por ello que Octavio Salazar Benítez apuesta por ir más allá del elemento religioso: el uso del velo, especialmente el integral, es una cuestión de género. De ahí que el argumento jurídico para su prohibición no es el de la laicidad, sino cómo «limitan las libertades de las mujeres ciertas prácticas culturales o religiosas. Por lo tanto, no se trata de un conflicto de tipo cultural sino de “género”» (p. 94). El velo, en definitiva, impide la autonomía necesaria para la construcción e interacción en el espacio público.
Si bien la apuesta de Octavio Salazar Benítez es arriesgada y susceptible de críticas[1], lo cierto es que la argumentación que proporciona es sólida: la dignidad de las mujeres como parte del orden público inmaterial (p. 103). Para ello analiza, a modo de ejemplo, el debate mantenido en Francia en relación al burka y la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Este entiende que no vulnera los Derechos Humanos la legislación francesa que prohíbe esta prenda en tanto que es preciso proteger una serie de exigencias mínimas de convivencia en el espacio público. Si bien el autor comparte el fallo, critica que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no se atreva «a dar un paso más allá que es el que supondría reconocer que la igualdad de género forma parte de las condiciones del living together en una sociedad democrática», esto es, entender esta prenda como violencia estructural contra las mujeres (p. 110). Contra estas formas de expresión cultural o religiosa, afirma Octavio Salazar Benítez, no debe actuar el derecho penal, sino herramientas de socialización y aprendizaje en el valor de la igualdad (p. 131).
La apuesta de Octavio Salazar Benítez, a saber, la limitación de la diversidad cultural basada en la perspectiva de género, radica, por tanto, en producir condiciones materiales para el libre desarrollo de las personas, especialmente, en este caso, las mujeres. El objetivo es ir poco a poco socavando las violencias interseccionales a las que se enfrentan, consiguiendo suficiente autonomía como para construir un nuevo pacto social en cuya base se encuentre la igualdad de género. Para ello recurre al concepto autonomía relacional, pues supone un empoderamiento que permite construir relaciones de autonomía no coercitivas (p. 138). Frente a este, los argumentos centrados en las particularidades culturales o religiosas para legitimar las violaciones de Derechos Humanos no pueden ser aceptados en una democracia intercultural. El pluralismo jurídico, por tanto, encuentra un claro límite en la garantía de los derechos y en la no discriminación (p. 167).
En definitiva, en este itinerario, en este diálogo propuesto por Octavio Salazar Benítez, si queremos llegar a una democracia intercultural debemos «diseñar un nuevo “pacto social” que responda a las exigencia de la justicia de género» (p. 180) para «dibujar nuevas narrativas con las que reinventar un mundo hecho por y para los hombres» (p. 185). Quizás va siendo hora de tomarse en serio a Sukaina, la bisnieta de Mahoma que se enfrentó al patriarcado, pues puede ser, sin duda, una excelente capitana de nuestro navío.
Daniel J. García López
Universidad de Granada
[1] No obstante, debemos estar atentos y caminar con cuidado. La legislación francesa que prohíbe el velo, como apunta Judith Butler, está siendo usada para arrestar, detener, multar o deportar a mujeres que lo lleven. De esta forma, «se ven privadas del derecho a aparecer en público». Esta legislación «pretende crear una esfera pública en la cual la indumentaria sea reflejo de laicismo y la exhibición de la norma común. Cuando se prohíbe ocultar el rostro, en cierto sentido se está entrando en el ámbito del derecho a la aparición, en este caso, el derecho de las mujeres a aparecer sin velo. Pero al mismo tiempo se les está negando ese mismo derecho, por cuanto se les exige que desafíen las normas de su religión en pro de las normas públicas. Este caso de desafección religiosa se impone como algo obligatorio porque se entiende que la esfera pública debe dominar o negar toda forma de adhesión religiosa». Butler, J., Cuerpos aliados y lucha política. Hacia una teoría performativa de la asamblea, Ed. Paidós, Barcelona, 2017, pp. 55 y 85.