@article{Zorrilla Ruiz_2014, title={Aspectos de la indemnidad enla Constitución española de 1978}, volume={61}, url={https://revista-estudios.revistas.deusto.es/article/view/225}, DOI={10.18543/ed-61(2)-2013pp327-365}, abstractNote={<p>La indemnidad supone que el ordenamiento jurídico del Estado de Derecho debe estar exento de vacíos que entorpezcan sus procesos de prosperidad o plenitud. La prosperidad deriva de desarrollar ciertos postulados constitucionales implícitos e idóneos para favorecer ese estado de cosas. Ello lleva al convencimiento de que el pluralismo político ofrece una variedad de posiciones antagónicas o predilecciones ideológicas que, pese a su incompatibilidad transversal, se atemperan a la letra y/o el espíritu móvil de la las normas constitucionales. Cualidad que se armoniza con la presunción de justicia material de las normas de un ordenamiento jurídico que antepone ese carácter a la presunción tradicional de validez que se le reconoce. El examen comprende aspectos de la indemnidad –ausencia de daño o deterioro– actualmente exigibles y necesitados de tutela. Se consideran los relativos a cuestiones especialmente actuales, como la constitucionalización del uso alternativo del Derecho, algunas manifestaciones de la indemnidad y la atención debidas al futuro de la persona humana como un bien cuya pérdida o menoscabo da derecho a una reparación social a cargo de los poderes públicos competentes para establecerla.</p><p><strong>Publicación en línea</strong>: 25 noviembre 2014</p&gt;}, number={2}, journal={Estudios de Deusto}, author={Zorrilla Ruiz, Manuel María}, year={2014}, month={nov.}, pages={327-365} }