TY - JOUR AU - Soledad Gil Nobajas, María PY - 2014/12/04 Y2 - 2024/03/29 TI - Administración legal y fáctica: revisión de dos supuestos problemáticos en Derecho Penal JF - Estudios de Deusto JA - Est Deu VL - 59 IS - 1 SE - Notas DO - 10.18543/ed-59(1)-2011pp311-332 UR - https://revista-estudios.revistas.deusto.es/article/view/275 SP - 311-332 AB - Mayoritariamente la doctrina y jurisprudencia penal acuden a una interpretación material del concepto de administrador de hecho, sobre la base del ejercicio efectivo y real de las funciones atribuidas al administrador y sin necesidad de que exista un nombramiento habilitante. A pesar de la equiparación del administrador designado formalmente y del administrador fáctico a efectos penales, se presentarían en la praxis societaria algunos supuestos dudosos, de cuya calificación como administrador de hecho o de derecho dependerá el que pueda atribuírseles responsabilidad penal por la comisión de determinados delitos especiales. En este trabajo se analizan dos de estos casos: el representante de la persona jurídica administradora y el administrador oculto, tomando en esta última hipótesis el ejemplo de los grupos de sociedades.Publicación en línea: 04 diciembre 2014 ER -