«Nuevos derechos» y principio de autodeterminación entre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Corte Constitucional italiana y el Legislador nacional. Algunas reflexiones

  • Maria Grazia Rodomonte
Palabras clave: Derechos humanos, principio de autodeterminación, Corte Constitucional, legislador, Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Resumen

El artículo 8 del CEDH establece el derecho al respeto de la vida privada y familiar, que ha sufrido una relectura expansiva a través de una enriquecedora jurisprudencia de las divergentes instancias judiciales, y sobre todo, de las resoluciones emanadas por el relevante Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que impactan, de forma directa e indiscutible, en los planos domésticos.

Así, resulta innegable cómo el sentir de la jurisprudencia europea se impone, y sirve de impulsor de la redefinición de los sistemas, y del propio Derecho, lo cual suscita las reticencias de ciertos tribunales nacionales que se sienten limitados por la línea marcada por el TEDH. Al mismo tiempo, resultará necesario replantear el papel del legislador que, quizá, se vea demasiado inspirado, por no decir condicionado, por los razonamientos jurisprudenciales.

Publicación en línea: 23 diciembre 2014

Descargas

La descarga de datos todavía no está disponible.
Publicado
2014-12-23
Cómo citar
Rodomonte, Maria Grazia. 2014. «“Nuevos Derechos” Y Principio De autodeterminación Entre El Tribunal Europeo De Derechos Humanos, La Corte Constitucional Italiana Y El Legislador Nacional. Algunas Reflexiones». Estudios De Deusto 62 (2), 405-19. https://doi.org/10.18543/ed-62(2)-2014pp405-419.
Sección
Notas