Doctrina de los juzgados de lo mercantil en sede concursal

  • Fernando Gómez Martín FGM, Universidad de Deusto
Palabras clave: Ley 22/2003, Derecho concursal, Juzgados de lo mercantil

Resumen

Durante cerca de dos años, transcurridos desde la introducción del nuevo concurso de acreedores, el 1 de septiembre de 2004, fecha de entrada en vigor de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal, se han planteado numerosas dudas interpretativas, algunas resueltas por los Juzgados de lo Mercantil, aunque pendientes de revisión por Tribunales Superiores, sin que conozca aún la doctrina de las Audiencias Provinciales. He intentado concretar algunas cuestiones, particularmente concernientes a la administración concursal, y las opiniones de un sector de la doctrina científica y de los Congresos de Derecho Mercantil, así como las Resoluciones disponibles de dichos Juzgados especializados, que presento en la web <http://www.fgm.net/>, para quienes deseen consultar sus textos íntegros.

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Biografía del autor/a

Fernando Gómez Martín, FGM, Universidad de Deusto
Auditor y Censor Jurado de cuentasProfesor de Derecho concursal de la Universidad de DeustoMiembro correspondiente de la Real Academia de CienciasEconómicas y Financieras
Publicado
2012-09-22
Cómo citar
Gómez Martín, Fernando. 2012. «Doctrina De Los Juzgados De Lo Mercantil En Sede Concursal». Estudios De Deusto 55 (1), 371-438. https://doi.org/10.18543/ed-55(1)-2007pp371-438.
Sección
Jurisprudencia