El stalking en la Política Criminal europea: una perspectiva comparada desde el Convenio de Estambul y la Directiva 2024/1385

Palabras clave: Stalking, cyberstalking, política criminal europea, derecho comparado, víctimas

Resumen

El stalking se configura como una forma de violencia de control sobre las mujeres, con graves consecuencias para la seguridad y la salud de las víctimas. Su afrontamiento efectivo pasa por que los Estados cumplan efectivamente las obligaciones internacionales asumidas en el Convenio de Estambul y en la Directiva (UE) 2024/1385, tanto en la tipificación del stalking y el cyberstalking como en la implementación de la política 4P. Este trabajo analiza dichos requerimientos internacionales, su grado de transposición a las legislaciones penales europeas y las principales convergencias y divergencias en la configuración típica, los resultados exigidos, las agravantes, las sanciones y las medidas de protección victimal, incluidas las de carácter tecnológico. Finalmente, identifica los retos pendientes en materia de armonización normativa, adaptación a la dimensión digital, refuerzo de los servicios especializados y mejora de la cooperación transnacional para garantizar una protección efectiva y homogénea de las víctimas en Europa.

Recibido: 4 enero 2026
Aceptado: 25 marzo 2026

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Biografía del autor/a

Carolina Villacampa Estiarte, Departamento de Derecho. Universitat de Lleida, España

Catedrática de Derecho Penal

Publicado
2026-06-24
Cómo citar
Villacampa Estiarte, Carolina. 2026. «El Stalking En La Política Criminal Europea: Una Perspectiva Comparada Desde El Convenio De Estambul Y La Directiva 2024/1385». Estudios De Deusto 74 (1), 459-86. https://doi.org/10.18543/ed.3587.
Sección
Estudios