Derecho fundamental al amor en Colombia: un compromiso constitucional retórico con limitada materialización práctica

Palabras clave: hermenéutica constitucional, derechos humanos, derecho al amor, Infancia y Adolescencia, antiformalismo jurídico

Resumen

La Constitución Política colombiana de 1991 transforma el panorama jurídico existente hasta ese momento, dado que acoge un Estado Social de Derecho que clasifica a los derechos humanos en diferentes generaciones. La primera de esas generaciones corresponde a los derechos fundamentales, los cuales tienen la posibilidad de ser exigidos de manera inmediata a manera de mínimos necesarios para la subsistencia de cualquier persona. Así, y como una innovación disruptiva, esta norma superior consagra al amor como un derecho fundamental para los niños y las niñas. Sin embargo, su carácter indeterminado impide una materialización plena a través de acciones constitucionales, pues no es posible obligar a alguien a amar a otra persona. En consecuencia, en este artículo se delimita el alcance iusteórico de este derecho como un principio y valor constitucional, que solo podrá ser materializado a través de otros derechos según cada una de las realidades desde y para las cuales sea aplicable.

Fecha de recepción: 04.08.2024
Fecha de aprobación: 25.10.2024

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Biografía del autor/a

Juan Sebastián Alejandro Perilla Granados, Universidad Tecnológica de Bolívar, Colombia

Profesor Invitado

Publicado
2024-12-23
Cómo citar
Perilla Granados, Juan Sebastián Alejandro. 2024. «Derecho Fundamental Al Amor En Colombia: Un Compromiso Constitucional retórico Con Limitada materialización práctica». Estudios De Deusto 72 (2), 195-217. https://doi.org/10.18543/ed.3211.
Sección
Estudios