La protección jurídica frente al despido en el marco de la Agenda 2030 como garantía del Trabajo Decente (ODS 8) y su impacto en la salud mental de las personas trabajadoras (ODS 3)

Palabras clave: Convenio núm. 158 OIT, Carta Social Europea, despido, salud mental, protección frente al despido, objetivos de desarrollo sostenible

Resumen

Esta reflexión estudia el régimen jurídico del despido en clave internacional y su vínculo con la Agenda 2030, con especial atención al ODS 8 (Trabajo Decente) y al ODS 3 (salud y bienestar). Se emplea una metodología dogmático-interpretativa: se analizan el Convenio núm. 158 OIT y la Carta Social Europea y su recepción en el Derecho interno, lo que obliga a considerar el control de convencionalidad y la incidencia del contexto socioeconómico actual en su aplicación. El trabajo contrasta, de forma expresa, dos modelos de tutela frente al despido: el indemnizatorio, que admite el despido sin causa mediante compensación, y el reforzado, que prioriza la exigencia de causalidad y la readmisión. Tras revisar las sucesivas reformas laborales inspiradas en la flexiguridad, se sostiene que la estabilidad en el empleo y las garantías efectivas contra el despido arbitrario son indispensables para el Trabajo Decente y para proteger la salud mental.

Recibido: 3 febrero 2026
Aceptado: 25 marzo 2026

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Biografía del autor/a

Beatriz Sánchez-Girón Martínez, Universidad Pontificia Comillas, Madrid. España

Personal investigador en formación
Facultad de Derecho (ICADE)

Publicado
2026-06-24
Cómo citar
Sánchez-Girón Martínez, Beatriz. 2026. «La protección jurídica Frente Al Despido En El Marco De La Agenda 2030 Como garantía Del Trabajo Decente (ODS 8) Y Su Impacto En La Salud Mental De Las Personas Trabajadoras (ODS 3)». Estudios De Deusto 74 (1), 341-71. https://doi.org/10.18543/ed.3583.
Sección
Estudios