Datos, datos, datos: el dato personal, el dato no personal, el dato personal compuesto, la anonimización, la pertenencia del dato y otras cuestiones sobre datos
Resumen
La protección de datos resulta un ámbito en constante crecimiento, debido a las nuevas tecnologías y los peligros que éstas suponen para nuestra privacidad. Como núcleo de la protección de datos, tenemos precisamente eso: el «dato personal». Pero, ¿qué es un dato personal? La respuesta la encontramos en el RGPD, pero es posible que la definición jurídica no cubra todos los datos que sí debería. A ello se le añaden la doctrina del TJUE o la doctrina del TEDH en relación a los «datos relativos a la vida privada y familiar». Junto a ello nos aparecerá, asimismo, el «dato no personal» que también ha sido definido por el Derecho de la UE, y que están fuera de la aplicación del RGPD, pero ¿tienen alguna protección? En ese ámbito irrumpirán los llamados metadatos, que son datos no personales per se, pero que pueden suponer una amenaza a la privacidad. Por ello, el TJUE hizo unos pronunciamientos de gran relevancia respecto a esos «datos no personales» (técnicamente), que han derivado en lo que se puede denominar como la teoría del «dato personal compuesto» o «teoría del perfil», un dato que es al mismo tiempo personal y no personal (híbrido); ello unido a la combinación de datos y a la agregación de datos. En todo ello, también, deberemos tener presente la seudonimización y la anonimización, pero especialmente la posibilidad de reidentificar a una persona. Y, por último, es necesario abordar el análisis relativo a la pertenencia del dato personal y su comercialización, respondiendo para ello a dos preguntas: ¿de quién es el dato?, y ¿son nuestros datos objetos de comercio?
Recibido: 11.01.2021
Aceptado: 18.06.2021
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Última actualización: 08/02/2022
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