Del genocidio al genocidio cultural, etnocidio, limpieza étnica (y a la desnazificación)

  • María del Ángel Iglesias Vázquez Universidad Internacional de La Rioja (UNIR)
Palabras clave: Genocidio, etnocidio, genocidio cultural, limpieza étnica, desnazificación.

Resumen

El presente trabajo tiene como objetivo traer al debate jurídico la complejidad surgida al definir las categorías jurídicas de genocidio, genocidio cultural, etnocidio o limpieza étnica. Las definiciones difieren según la disciplina de la que procedan, incluso dentro del propio Derecho, lo que da lugar confusiones. El genocidio cultural apareció en el discurso legal tras la definición dada al genocidio por la Convención de 1948, la de etnocidio reapareció en el marco de la lucha de los pueblos indígenas por sus derechos y la de limpieza étnica, con el conflicto en la ex Yugoslavia. Esta locución ha sido incorporada al Derecho como expresión del lenguaje coloquial carente de significado técnico, dando lugar a precisiones por parte de la jurisprudencia que la alejan y la acercan a la del genocidio. Junto a ellos, aparece hoy la de desnazificación, cuyo significado aún no ha sido precisado por el Derecho. 

Recibido: 22.12.2022
Aceptado: 13.06.2023

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Biografía del autor/a

María del Ángel Iglesias Vázquez, Universidad Internacional de La Rioja (UNIR)

Profesora de Derecho Internacional Público, Unión Europea y Derechos Humanos.

Publicado
2023-06-30
Cómo citar
Iglesias Vázquez, María del Ángel. 2023. «Del Genocidio Al Genocidio Cultural, Etnocidio, Limpieza étnica (y a La desnazificación)». Estudios De Deusto 71 (1), 291-320. https://doi.org/10.18543/ed.2795.
Sección
Estudios