Casos escogidos de Derecho antitrust europeo
Resumen
Caso N.º 1. Ententes: Dec.Com. 7 abril 2004, Société Air France/Alitalia Linee Aeree Italiane SpA, DO L 362 de 9 diciembre 2004 Caso N.º 2. Ententes: STJCE 29 abril 2004, C-359/01 P, British Sugar plc/Comisión Caso N.º 3. Ententes: STPI de 29 de abril de 2004, Tokai carbón Co. Ltd y otros/Comisión de las Comunidades Europeas As. T-236/01, T-239/01, T-244/01, T-245/01, T-246/01, T-251/01 y T-252/01 Caso N.º 4. Ententes: Sentencia del Tribunal de Primera Instancia 15 junio 2005, Graphites spéciaux, As. T-71/03, T-74/03, T-87/03 y T-91/03 Caso N.º 5. Ententes: STPI 8 julio 2004, Mannesmannröhren-Werke/ Comisión, T-44/00; STPI 8 julio 2004, Corus/Comisión, T-48/00; STPI 8 julio 2004, Dalmine/Comisión, T-50/00; STPI 8 julio 2004, asuntos acumulados JFE Engineering/Comisión, T-67/00, Nippon Steel/Comisión, T-68/00, JFE Steel/Comisión, T-71/00, y Sumitomo Metal Industries/ Comisión, T-78/00 Caso N.º 6. Ententes: Dec.Com. 9 diciembre 2004, Cloruro de colina, DO L 190 de 22 julio 2005. Caso N.º 7. Ententes: STJCE 28 junio 2005, Dansk Rørindustri A/S (C-189/02 P), Isoplus Fernwärmetechnik Vertriebsgesellschaft mbH y otros (C-202/02 P), KE KELIT Kunststoffwerk GmbH (C-205/02 P), LR af 1998 A/S (C-206/02 P), Brugg Rohrsysteme GmbH (C-207/02 P), LR af 1998 (Deutschland) GmbH (C-208/02 P) y ABB Asea Brown Boveri Ltd (C-213/02 P)/Comisión, Tubos de calefacción urbana (tubos preaislados), Asuntos acumulados C-189/02 P, C-202/02 P, C-205/02 P a C-208/02 P y C-213/02 P Caso N.º 8. Ententes: STPI 18 julio 2005, Scandinavian Airlines System AB/Comisión, T-241/01 Caso N.º 9. Ententes: STPI (Sala Segunda) de 27 de julio de 2005, Asuntos acumulados T-49/02 a T-51/02, Brasserie nationale SA (anteriormente Brasseries Funck-Bricher y Bofferding), Brasserie Jules Simon et Cie SCS y Brasserie Batín SNC v. Comisión de las Comunidades Europeas Caso N.º 10. Ententes: Comunicación publicada de conformidad con el artículo 27, apartado 4, del Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, en los asuntos COMP/C2/3912-BUMA y COMP/C2/39151-SABAM (Acuerdo de Santiago-COMP/C2/38126, DO C 200 de 17 agosto 2005, pp. 11-12) Caso N.º 11. Ententes: STPI 15 septiembre 2005, DaimlerChrysler AG/ Comisión, T-325/01 Caso N.º 12. Abuso de posición dominante: Dec.Com. 24 marzo 2004, Microsoft Europe, COMP/C-3/37.792: Noción de abuso de posición dominante (la tensión entre el Derecho de la competencia y el Derecho de la propiedad intelectual) Caso N.º 13. Abuso de posición dominante: Dec. Com. 20 octubre 2004, Deutsche Post AG y RFA, COMP/38.745: Abuso de posición dominante cometido por el operador postal histórico de Alemania, por el hecho de una disposición legislativa que deberá ser modificada Caso N.º 14. Abuso de posición dominante: STPI 26 enero 2005, Piau/ Féderation Internationale de Football Association (FIFA), T-193/02, Rec., p. I-1113: Posición dominante colectiva Caso N.º 15. Abuso de posición dominante: Dec.Com. 22 junio 2005, Coca-Cola, COMP/A.39.116/B2, DO L 253 de 29 septiembre 2005: Decisión compromiso (Coca-Cola se compromete a no abusar de su posición dominante y se libra de toda sanción) Caso N.º 16. Concentraciones: Decisión de la Comisión 19 julio 2004, SONY/BMG, M. 3333 Caso N.º 17. Concentraciones: Dec.Com. 15 julio 2005, Procter & Gamble/ Gillette, M. 3732 Caso N.º 18. Concentraciones: Dec.Com. 29 julio 2005, Maersk/Ponl, M. 3829 Caso N.º 19. Concentraciones: STJCE 15 febrero 2005, Tetra Laval, C-12/03P, Rec., p. I-1113. Caso N.º 20. Concentraciones: STPI 21 septiembre 2005, EDP/Comisión, T-87/05Descargas
Última actualización: 08/02/2022
Los autores, mediante la entrega de sus manuscritos a la revista Estudios Deusto. Revista de Derecho Público, aceptan las condiciones que se detallan a continuación sobre derechos de autor y se comprometen a cumplirlas.
1. Autoría: El autor debe ser el único creador de la obra o debe actuar legalmente en nombre y con el pleno acuerdo de todos los autores.
2. Derechos de los autores, responsabilidad y Código ético:
a) Los autores garantizan que su trabajo es original; que no ha sido publicados en cualquier forma anteriormente; que no está preparando su publicación en otra parte; que su envío y publicación no violan el Código Ético de la revista Estudios de Deusto. Revista de Derecho Público (disponible en <revista-estudios.revistas.deusto.es>) ni los códigos de conducta, leyes o derechos de cualquier tercero; y que no se requiere el pago por la publicación por la Editorial (Universidad de Deusto).
b) Los autores conceden a la Editorial el derecho libre de pago para explotar y sublicenciar la obra en todo el mundo, en todas las formas y medios de expresión, ahora conocidos o desarrollados en el futuro, para los propósitos educativos y académicos.
c) Los autores retienen el derecho a presentar, exhibir, distribuir, desarrollar y publicar su trabajo para progresar en su carrera científica con la debida anotación de su publicación original en la revista Estudios Deusto. Revista de Derecho Público y de una manera que no sugiera un respaldo al autor o a su trabajo por parte de la Revista.
d) Los autores garantizan que no se han otorgado ni se otorgarán permisos o licencias de cualquier tipo que puedan violar los derechos otorgados a la Editorial.
e) Los autores son los únicos responsables de las consecuencias que puedan derivarse de las reclamaciones de terceros sobre el manuscrito enviado y su publicación en la Revista Estudios de Deusto. Revista de Derecho Público.
3. Usuarios: Estudios de Deusto. Revista de Derecho Público es una publicación de acceso abierto. Su contenido es gratuito. Se permite el acceso completo e inmediato, la lectura, la búsqueda, la descarga, la distribución y la reutilización en cualquier medio o formato solo con fines no comerciales y de conformidad con la legislación de derechos de autor aplicable, sin el permiso previo de la Revista o del autor(es). En cualquier caso, se debe hacer un reconocimiento adecuado de la fuente de publicación original y cualquier cambio en el trabajo original debe indicarse claramente y de una manera que no sugiera el respaldo del autor o de la Revista en absoluto. Cualquier otro uso de su contenido en cualquier medio o formato, ahora conocido o desarrollado en el futuro, requiere el permiso previo por escrito del titular de los derechos de autor.